Seguros de hipotecas y cláusulas abusivas

siniestroVuelven a escena los seguros para hipotecas, y es que a pesar de la reciente reforma de la ley hipotecaria los usuarios que contratan una hipoteca se siguen enfrentando a cláusulas que generan cierta polémica.

En este caso ha sido el Grupo Popular el que ha levantado la liebre y permitirá que en la Cámara Alta se debata la cláusula referente al beneficiario del seguro de la hipoteca.

Como ya sabemos al firmar nuestra hipoteca es obligatorio contratar determinados seguros, el problema es que según el grupo popular podría considerarse como abusivo imponer como beneficiarios de dicho seguro al propio banco como acreedor.

De esta forma el usuario quedaría completamente desprotegido ante un siniestro, a pesar de estar pagando la hipoteca y el seguro. Según Sánchez-Simón, la entidad bancario debería preocuparse por el pago del crédito hipotecario, lo que debería ser independiente del beneficiario del seguro.

La propuesta suena interesante, pero más aún es el hecho de que se sigan defendiendo los derechos de los usuarios frente a las grandes entidades bancarias.

Fuente | Diario elEconomista, 20 de Marzo de 2007, pág. 30

Comentarios

Anónimo ha dicho que…
No me parece una interpretación acertada ya que, en caso de que el beneficiario del seguro no fuera el banco, el bien hipotecado podría haberse destruido dejando vivo el préstamo que garantizaba. En ese caso el cliente estaría pagando por un bien que ya no posee, y el banco, a su vez, quedaría desprotegido al perder la garantía con lo que su cartera de inversión quedaría severamente perjudicada. Las repercusiones de dicho perjuicio podrían alterar sensiblemente la estabilidad del mercado bancario
Unknown ha dicho que…
Hola Pedro, me parece muy interesante tu punto de vista, pero sigo considerando una mejor opción que el beneficiario del seguro sea el cliente.
En caso de siniestro el cliente recupera el valor de su vivienda y puede seguir haciendo frente al pago de las cuotas de su hipoteca, sin perder todo el valor de la vivienda.
De otra forma, en caso de siniestro, el cliente habría perdido su vivienda y todo el dinero invertido en la misma, a pesar de estar pagando un seguro.
Tal vez exista cierto malentendido con respecto a los seguros que protejen el pago de las cuotas, en el caso de un seguro de vida se cubriría el pago de las cuotas en caso de fallecimiento del cliente, para lo cual el beneficiario si podría ser el banco, pero que tendría un valor menor, ya que solo cubre el pago de las cuotas restantes. Pero este caso es completamente diferente al del seguro de incendio.
Un saludo
Anónimo ha dicho que…
¿Y es justo que 10 dias antes de hacer una amortización anticipada de mas del 80 por ciento del prestamo ,la entidad bancaria te abra un seguro de vida personal asegurando el total del prestamo? 300 euros tirados a su bolso y gratis ,esto si que es injusto.
Anónimo ha dicho que…
Vivimos unos tiempos en los que los bancos están tan acostumbrados a sacar beneficios que no se les pasa siquiera minimamente que puedan tener una cartera valores tempestuosa. A los contadores de dinero decirles que la HIPOTECA es una figura del derecho que permite garantizar el cumplimiento de una deuda con un bien inmueble. Esto es, un señor pide una cantidad y en vez de tomarle como garantía su palabra (préstamo personal), se le toma un bien, generalmente la vivienda; préstamo hipotecario. La hipoteca es la garantía. Pero nuestro ordenamiento jurídico da una carta más al banco para que esté tranquilo. La Ley Hipotecaria obliga al bien hipotecado a tener un seguro de incendios pagado por el deudor. Con ello, la garantía que supone la hipoteca queda además, especificamente, garantizada contra incendios el mayor riesgo que cabe. Ya van dos garantías. Pero además, los señores de cara verde, no bastos, ponen una garantía más a la garantía. El seguro del hogar y/o el de vida, también pagado por el deudor. Tenemos una garantia de la deuda, la hipoteca, la cual está a su vez garantizada con el seguro de incendios, el de hogar y el de vida. Y ahora resulta que el beneficiario de toda las garantías es el banco apesar de reultar como deudor de tales seguros y asegurado el deudor aquél que pidió una cantidad al principio. El círculo se cierra cuando quien te vende el seguro es el propio banco. Esto .... huele a ABUSO!!

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